No hay perros de razas peligrosas sino “familiares” irresponsables - DataPBA

pitbull
Escuchá el artículo:

Por Dra. Laura Cecilia Velasco (*)

Hace un par de días, en la localidad de Morón, Pcia. de Bs. As., ocurrió un hecho lamentable, un perro de raza Pit bull lastimó gravemente a una bebé de siete meses, en medio de una discusión familiar, el perro que se encontraba en el interior de la casa, fue directamente contra la niña y la zamarreó, como si fuera un muñeco, provocándole heridas de consideración, la niña se encuentra internada. Obviamente, no lo quieren más.

No se sabe la causa por la cual el can tuvo esa reacción, puede ser por estrés ante una discusión familiar acalorada entre el suegro y la madre de la pequeña.

En la Pcia. de Buenos Aires rige la ley Nº 14.107 (del año 2010) de “razas potencialmente peligrosas”, con los cuales los mal llamados “dueños” deberán cumplimentar una serie de requisitos, como inscribirlos en un registro obligatorio, pasearlos con bozal, medidas de protección para que no salgan a la calle o morder a los ocasionales transeúntes, etc. Esta normativa establece que se consideran perros potencialmente peligrosos a aquéllos incluídos dentro de una topología racial que por su naturaleza agresiva, tamaño o potencia de mandíbula, tengan capacidad de causar la muerte o lesiones graves a las personas u otros animales. Las razas que deben inscribirse en este registro son las que ya imaginamos: rottweller, pitbull terrier, dogo argentino, fila brasileño, american Staffordshire, bull terrier, mastiff, bullmastiff, bull terrier, presa canario y akita inu.

En la CABA rige desde el año 2012, la ley 4.078 a los fines de regular la tenencia de perros potencialmente peligrosos. Desde ya no estoy de acuerdo con estas denominaciones.

Más allá  de este hecho desafortunado, terrible tanto para la familia, la niña y también para el perro, no estoy de acuerdo con un listado de canes “potencialmente peligrosos” sabemos que esta discriminación negativa, es errónea, dado que no existen razas peligrosas, sino humanos que han maltratado a sus perros y como resultado han obtenido ese carácter, los canes per se, jamás pueden ser peligrosos, ello es causa de haber estado a cargo de humanos irresponsables.  Y sabemos cómo terminan en estos casos los perros “potencialmente peligrosos” en Zoonosis, judicializados de por vida, o con prisión perpetua que es lo mismo, sin oportunidad de reencauzar o resocializar (los privados de la libertad humanos, sí la tienen) y en muchos casos cuando el ojo público empieza a languidecer, terminan siendo sacrificados, a pesar de la prohibición, de la ley 14.346 contra maltrato y crueldad al animal,  y de todas las Convenciones internacionales referidas a la protección de los animales no humanos y de la llamada Ley Maruco, Nº 13.879, que prohíbe los sacrificios de perros y gatos en todo el ámbito de la Pcia. de Bs.As. en consonancia con la ley 14.346, pero con el disfraz de la “eutanasia” se atreven a ejecutarlo; además, la eutanasia o muerte piadosa, se utiliza como último recurso cuando el animal está muy grave y sin esperanzas de vida, aquí la situación es muy diferente, es la aplicación de la misma a todo aquel animal, incluso sano y lleno de vitalidad, que como el familiar humano ya no lo quiere por mordedor, no es adoptable, no se molestan en llamar a un entrenador sin violencia, para modificar el carácter  o conducta del can. Zoonosis no es el mejor lugar ni tampoco , por lo general, es atendido por empleados con empatía hacia los ANH, sino que muchas veces se castiga a un empleado administrativo sumariado, enviándolo allí, lo cual el animal no humano pasa a ser el botín de descarga para frustraciones varias. No es el mejor escenario, y como dicen de esa cárcel salen peor, si salen.

Pretenden solucionar el problema, con un holocausto canino o biocidio, no se puede estar por sobre una ley nacional penal contra maltrato y crueldad animal , ley 14.346 , ni por sobre la Constitución Nacional Art. 41 y 43 que ampara los derechos de tercera y cuarta generación y el derecho a la biodiversidad, acá pretenden “desaparecer” especies  en pos de lucro (chipeo y multas)  la finalidad de todo esto es recaudatorio y confiscatorio, no es por los ANH ni por los humanos.

La Declaración de Consciencia de Cambridge del año 2012 donde los mayores científicos de nuestro planeta se han reunido y constatado que todos los animales tienen consciencia y sienten dolor, miedo y agrado o desagrado, ha demostrado que  a partir de ahora estamos en igualdad de condiciones y no somos los únicos seres con capacidad de sentir.

En la misma línea, las Convenciones de Lisboa y Curitiba expresan que los animales NO SON COSAS NI OBJETOS.

Si tenemos un mayor desarrollo cerebral que sea también con empatía hacia los animales y no una empatía hacia el mal.

Vuelvo al tema del inicio, hay que tener manejo de esas razas, sí, pero también ser responsable, y también el papel que juega el perro en ese núcleo familiar, si está integrado o no, si hay gritos, peleas, si hay un ambiente equilibrado o no, si tenemos tiempo de calidad o cantidad para dedicarle o se la pasa solo.

Hay fallos recientes que han destacado las denominaciones de “familia multiespecie”, “perrijos”, tanto aquí en nuestro país como en el exterior, incluso el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Paraná, Brasil, ha sentenciado que los animales, en el caso, dos perros maltratados y abandonados pueden ser parte de un proceso judicial y demandar por daños y perjuicios.

Con este desarrollo no quiero decir que la familia maltrataba al perro, ni que no sea terrible lo que sucedió, simplemente, que no le echemos, como siempre toda la culpa al perro.

 


(*) Dra. Laura Cecilia Velasco

Abogada (UBA), criminóloga. Pionera en Derecho Animal.

Directora Instituto de Derecho Animal del Colegio Público de Abogados de la Cap.Fed.

Directora Instituto de Derecho Animal de la Asociación Iberoamericana de Derecho, Cultura y Ambiente (AIDCA)

Directora de la Revista Jurídica de Derecho Animal de IJEditores.

Docente posgrado, conferencista internacional, doctrinaria.

 


DataPBA

Escuchá el artículo:

Provincia de Buenos Aires
Información clave las 24 horas


Newsletter