La Legislatura de la provincia de Buenos Aires sancionó esta madrugada una ley enviada por el gobierno bonaerense que establece la tolerancia cero de alcohol en sangre para los conductores de vehículos, con penas que incluyen multas, arresto, retención de la licencia e inhabilitación.
La norma prevé la incorporación y modificación de artículos de la Ley 13.927 del Código de Tránsito para establecer la prohibición de conducir a quienes hayan bebido alcohol. De esta manera, se elimina desde ahora el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre.
“Logramos un paso fundamental para salvar vidas en la provincia de Buenos Aires. Con Alcohol Cero al volante avanzamos como sociedad en algo tan necesario como cuidarnos entre todas y todos. Hoy, la persona que va a conducir sabe que no tiene que tomar ni una gota de alcohol para hacerlo con responsabilidad”, sostuvo el ministro de Transporte bonaerense Jorge D’Onofrio.
Asimismo, el funcionario destacó que “gracias al acompañamiento de la Legislatura, al trabajo de las asociaciones de víctimas y la importante tarea que a diario realizamos para sumar más conciencia vial, vamos a salvar vidas”.
La nueva ley contempla penalidades como retención de la licencia e inhabilitación para conducir, arresto, multas y obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
Desde ahora, quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.
Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses. En tanto, estarán inhabilitadas por 18 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre.
Por último, quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.