El Ministerio de Desarrollo Agrario bonaerense informó que los productores de trece partidos de la provincia de Buenos Aires que se vieron afectados por la sequía podrán acceder a los beneficios otorgados por el Gobierno nacional para este tipo de eventos.
La resolución alcanza a los municipios de San Pedro, Rojas, Salto, Ramallo, Junín, Arrecifes, Alberti, Chascomús, Suipacha, Lobos, San Vicente, Magdalena y Dolores, que ya habían sido declarados en emergencia agropecuaria el pasado noviembre.
“Desde el gobierno provincial, junto al Estado nacional, estamos dando una respuesta integral para acompañar y asistir a los productores afectados por estos eventos climáticos adversos, ya que no sólo se declaró la emergencia, sino que se crearon distintas herramientas como líneas de financiamiento y aportes no reintegrables”, señaló en un comunicado el titular de la cartera agraria provincial, Javier Rodríguez.
Entre los beneficios para los afectados se encuentran la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas cuando el mismo recaiga en el mismo período en el que esté vigente el estado de emergencia, hasta el ejercicio siguiente a su finalización.
También comprende la suspensión por parte de AFIP de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre. En caso de que ya estuviera iniciado, deberá paralizarse hasta que expire el lapso por el cual se decretó la emergencia o desastre.
Además está la posibilidad de deducir en el balance impositivo del impuesto a las Ganancias, el 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina, deducción que se computará en los ejercicios fiscales en que las ventas hubieran tenido lugar.
Asimismo, la AFIP podrá establecer la exención total o parcial del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ubicados en las explotaciones agropecuarias y los inmuebles rurales arrendados si se encuentran en zona de desastre.
Al mismo tiempo, el organismo podrá determinar la exención de otros impuestos como Ganancias, el componente impositivo del Monotributo y las contribuciones a la seguridad social.
En tanto, los productores que estén inscriptos en el Monotributo gozarán de la prórroga del pago del componente impositivo y una reducción del 50% si está englobado en el estado de emergencia y del 75% si se trata de zona de desastre.