El gobierno de la provincia de Buenos Aires aprobó hoy la reglamentación de la Ley N° 14.865, que regula el ejercicio de la profesión del instrumentador quirúrgico en forma autónoma o en relación de dependencia.
Lo hizo mediante la publicación del decreto 445/2023 en el Boletín Oficial, donde además se designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud.
A partir del decreto de reglamentación, se jerarquizan las tareas que llevan adelante las y los licenciados de instrumentación quirúrgica, organización y asistencia de quirófanos; y se los incorpora a la carrera profesional hospitalaria, enmarcada en la Ley 10.471.
En la provincia de Buenos Aires, son 8.984 las y los instrumentadores quirúrgicos matriculados, de las cuales el 94% son mujeres y sólo el 6% hombres.
Al anunciar la reglamentación de la norma, el gobernador Axel Kicillof había expresado que “esta es una ley provincial que se aprobó en 2016 y que, como muchas otras, no había sido reglamentada”.
“Cuando uno habla de abandono, de desinterés por el sistema público de salud, también habla de esto”, remarcó y destacó que “a través de la reglamentación de esta ley le podamos dar a estos profesionales la importancia, los derechos que se merecen y por los que han peleado”.
La Ley 14.865 también establece la creación de la Comisión Permanente de Asesoramiento y Colaboración, conformada por representantes del Ministerio de Salud, la Asociación Argentina de Instrumentación (AADI) y Universidades Nacionales y Provinciales, que tendrá como objetivos asesorar acerca de la regulación del ejercicio de la instrumentación quirúrgica, la formación de grado y pregrado, la investigación y la creación de nuevos centros quirúrgicos, en tanto que también deberán garantizar la calidad en la atención, organización y funcionamiento de los mismos.