La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) oficializó las modificaciones para tramitar la Licencia Nacional de Conducir para automóviles y motocicletas, que deberán ser ejecutadas en todos los CEL y/o escuelas de seguridad vial del país.
“En todos los casos, la enseñanza deberá alcanzar los niveles de calidad adecuados, estimándose que puede ser indicio suficiente para apreciar que no se ha producido tal circunstancia los informes de auditoría que la ANSV realiza a los CEL y escuelas de seguridad vial cuyas observaciones estimen la inadecuación de la calidad de los cursos dictados”, detalla el párrafo inicial del texto.
En estos casos, quedará a criterio de la ANSV en su carácter de autoridad de aplicación, evaluar la conveniencia de mantener y/o otorgar las respectivas renovaciones de la autorización oportunamente otorgada.
Según los estándares de calidad fijados por la ANSV, el dictado del curso teórico-práctico deberá tener una carga horaria mínima de 5 horas.
En tanto, las personas de entre 16 y 21 años de edad que soliciten su Primera Licencia Nacional para conducir autos y/o motos deberán realizar obligatoriamente el curso teórico-práctico de educación vial previsto por el art. 14 de la Ley 24.449. El mismo se dictará de manera virtual en la plataforma denominada “Mi Primera Licencia Nacional de Conducir”.
Quienes no se encuentren dentro de esta franja etaria y soliciten su Primera Licencia Nacional de Conducir también podrán realizar el curso teórico-práctico de educación para la seguridad vial previsto por el art. 14 de la Ley 24.449, en modalidad virtual, aunque desde la plataforma “Curso Nacional de Educación Vial Digital”.