
El Ministerio de Transporte bonaerense creó el Registro Provincial de Servicios de Transporte Fluvial de Pasajeros, en el que deberán inscribirse todos los prestadores de servicios regulares, provisionales y especializados que operen en aguas jurisdiccionales de la provincia de Buenos Aires, junto con las embarcaciones afectadas a esas actividades.
La medida busca mejorar la organización, planificación y fiscalización de los servicios. La inscripción será obligatoria y por única vez, aunque comenzará a regir cuando esté operativo el sistema informático creado para ese fin. El incumplimiento será considerado una infracción y podrá derivar en las sanciones.
Hasta ahora, la Provincia contaba con un registro específico para los servicios especializados de transporte fluvial de pasajeros, creado en 2021. Con la nueva resolución, se busca avanzar hacia un sistema que abarque la totalidad de las prestaciones, tanto las regulares y provisionales como las especializadas.
Estas últimas comprenden distintas modalidades, entre ellas turismo, excursiones, taxi, servicios contratados, marginales y privados. La normativa mantiene la sigla “D.T.F.” para identificar las licencias correspondientes a los servicios especializados.
La resolución también incorpora procedimientos para registrar las altas y bajas de embarcaciones, solicitar y renovar licencias y tramitar los certificados de habilitación. Además, contempla distintas formas de tenencia de las unidades, como el leasing y el comodato, e incorpora la constitución de un domicilio electrónico para los trámites administrativos.
En materia de seguridad, la reglamentación mantiene las exigencias para la habilitación de las embarcaciones y establece que las condiciones correspondientes deberán ser garantizadas por la Prefectura Naval Argentina para autorizar la prestación de los servicios.

